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18 octubre, 2024

Ley de protección digital a los menores: control parental en móviles y veto a las ‘cajas botín’ de los videojuegos

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El pasado mes de enero, el presidente del Gobierno anunció una nueva ley para proteger a los menores del porno ‘online’, que se ha convertido en un fallido educador ante la falta de una buena educación afectivo-sexual en casa y en la escuela. En marzo, el Ministerio de Juventud e Infancia nombró un comité de 50 expertos para que redactaran un plan integral de protección digital para la infancia. En junio, el Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de ley para ampliar y concretar medidas. El texto es ambicioso porque modificará varias leyes y un puñado de artículos del Código Penal. No solo se trata de que la pornografía esté vetada entre los menores, el propósito es diseñar toda una estrategia para que niños, niñas y adolescentes sepan convivir con lo digital e identifiquen sus riesgos.

A la futura legislación, que estará enriquecida con el documento que publicará en breve el comité de expertos, todavía le queda un largo camino por recorrer. Tiene que ser aprobada una segunda vez en el Consejo de Ministros y atravesar todo el trámite parlamentario hasta su ratificación definitiva y entrada en vigor. La intención del texto -en el que han intervenido los ministerios de Juventud e Infancia, Presidencia y Justicia, Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 y Transformación Digital- no es restringir derechos sino salvaguardarlos. De hecho, el artículo 2 del anteproyecto supone “la consagración de los derechos de las personas menores de edad en los entornos digitales”. Estas son algunas de las medidas que incluye el anteproyecto.

Pornografía

El anteproyecto nace de una preocupación social: el fácil acceso de los menores al porno ‘online’, a menudo, muy violento y denigrante con las mujeres. Según el último estudio del Centro Reina Sofía de Fad Juventud, la edad media del primer contacto con estas imágenes son los 13 años. El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública presentó, en julio, la aplicación para móviles ‘Cartera digital beta’, el sistema de verificación de la edad para limitar el acceso de menores a este tipo de contenidos. Se trata de un mandato no solo de la futura ley de protección digital a los menores sino de la actual normativa audiovisual, que ya pide a las webs de contenidos para adultos que sus usuarios acrediten su mayoría de edad. Actualmente, eso se hace, simplemente, apretando el botón de «sí, soy mayor edad». El nuevo sistema es sofisticado tecnológicamente y ofrece, según el ministerio, una verificación «robusta». En principio, no obstante, solo podrá aplicarse a las webs españolas, por lo que quedan fuera de la medida los 10 portales más vistos como PornHub.

El debate sobre la restricción a la pornografía de los menores no solo se está dando en España sino en toda la UE, que en 2027 convertirá en obligatorio los sistemas para comprobar la edad.

2.Control parental

Todos los fabricantes de tecnología, desde móviles hasta tabletas, ordenadores y televisiones ‘inteligentes’, estarán obligados a incluir en los dispositivos un sistema de control parental, que será gratuito para los usuarios. Presuntamente, será tan sencillo como activar el control parental una vez que se compra y configura por primera vez un móvil -o cualquier otro aparato- que vaya a ser usado por un menor. Las familias entregan el primer teléfono con acceso a internet a los 11 años, según un estudio de Unicef. Ahora mismo son las madres y los padres y no los fabricantes los que tienen que instalarlo, un paso que suele ser bastante farragoso y no siempre gratuito. Cuando la ley sea una realidad, el sistema de control parental será “obligatorio, universal y gratuito”, según fuentes gubernamentales.

3.Redes y videojuegos

Cuando la norma se apruebe, la edad para consentir el tratamiento de datos de carácter personal -un paso necesario, por ejemplo, para registrarse en una red social- pasará de 14 a 16 años. Es decir, si un chaval menor de 16 años quiere tener perfil en redes, deberá pedir consentimiento previo a su madre, padre o tutor. La norma también vetará que los menores de edad usen las conocidas como ‘cajas botín’ (‘loot boxes’), un mecanismo muy frecuente en videojuegos para acumular recompensas virtuales.

Las ‘cajas botín’ son mecanismos cuya naturaleza y diseño suponen, en muchas ocasiones, el primer contacto por parte de menores de edad con juegos de azar a cambio de dinero, algo que puede suponer una «normalización» de este tipo de productos. Es un problema que, según la Dirección General de Ordenación del Juego, se da cada vez en edades más tempranas. Casi un 24% de menores de entre 15 y 17 años adquirieron ‘cajas botín’ en el último año. Estas ‘cajas ‘aparecen como un recurso aleatorio que las empresas de videojuegos usan para ofrecer un acceso exclusivo a ciertos contenidos a cambio de un pago. Por ejemplo, permiten desbloquear nuevos personajes, ampliar el repertorio o adquirir cartas virtuales. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha hecho hincapié en los efectos lesivos de estas prácticas, que funcionan con la lógica de las máquinas tragaperras y pueden provocar adicción.

4.Alejamiento virtual

La nueva ley también tratará de combatir el acoso escolar ‘online’ con la creación de una figura jurídica nueva: la orden de alejamiento virtual. El tipo penal permitirá que los tribunales ordenen, una vez que haya sentencia condenatoria, que el agresor del menor (ya sea un familiar maltratador o un compañero acosador de clase) no pueda dirigirse a él ni en las redes sociales ni en ninguna plataforma web. La futura legislación también incluirá otros delitos de nueva creación. Uno de ellos serán los ‘deep-fake’ o las ultrafalsificaciones. Es decir, las falsificaciones de imágenes o voces, manipuladas de forma extremadamente realista con Inteligencia Artificial (IA), como ocurrió el año pasado con unas fotos manipuladas de desnudos de niñas en un chat de chicos de entre 12 y 14 años en Almendralejo (Badajoz).

También será delito el ‘grooming’, la falsificación de la edad y la identidad por parte de un adulto para entrar en contacto virtual con un menor de edad de cara a, posteriormente, mantener un acercamiento físico, incluso sexual. La difusión de material porno a menores también estará tipificado como delito en la legislación vigente.

5.Identificar un bulo

La ley no será algo aislado sino que formará parte de toda una estrategia en la que se incluirá medidas de alfabetización digital para que los niños y las niñas tengan herramientas para poder navegar sin riesgos en internet y, entre otras cosas, sepan distinguir qué es una información falsa o un peligro ‘online’. No habrá una asignatura concreta, pero la alfabetización digital será una enseñanza transversal en las escuelas y el objetivo será brindar a los menores autonomía para funcionar bien en el ámbito digital.

6.Revisiones pediátricas

Los profesionales de la atención primaria, a la hora de las revisiones médicas rutinarias (llamadas del niño sano), deberán incluir preguntas para deducir si el menor tiene un «uso problemático o adictivo» con alguna aplicación o dispositivo. Esto es algo que ya se hace en muchos centros de salud, donde el personal de pediatría pregunta a los niños y niñas cuántas horas están delante de alguna pantalla. La ley dicta que se haga en la totalidad de centros y con algunas preguntas concretas. Dado que las adicciones son «cada vez más frecuentes», el Gobierno anunció la creación de centros especializados para afrontar y tratar estas patologías.

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