27.1 C
Argentina
9 noviembre, 2024

La Casación puso fecha para analizar el caso Hotesur y decidir si Cristina Kirchner y sus hijos van a juicio oral

La Sala I de la Cámara Federal de Casación fijó fecha para la audiencia obligatoria en las causas Hotesur y Los Sauces (las empresas de la familia Kirchner), para después resolver si Cristina, Máximo y Florencia Kirchner -junto a los demás acusados- enfrentarán o no el juicio por lavado de dinero.

Todos fueron sobreseídos por decisión de dos jueces del Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5), sin la realización del debate oral. El caso será analizado tras la apelación del fiscal Diego Velasco, que insistió en que es dicha instancia el mejor ámbito de defensa. La audiencia será el 10 de noviembre.

A finales del año pasado, en al menos seis ocasiones a lo largo de su escrito el fiscal ante el TOF 5, Velasco fue determinante al explicar que la mejor instancia para resolver la culpabilidad o inocencia de la vicepresidenta, sus hijos y otros 13 acusados es el juicio oral y público.

Su planteo contó en febrero pasado con el respaldo del fiscal federal ante la Cámara de Casación, Mario Villar, quien también rechazó el sobreseimiento dictado a favor de Cristina, Máximo y Florencia Kirchner.

La audiencia fijada por el máximo tribunal penal es para conocer los argumentos y decidir después si la vicepresidente debe afrontar, o no, el debate oral.

Cuando el fiscal Velasco exigió que el juicio se realice, señaló que el sobreseimiento de los jueces del TOF 5 era “arbitrario”, ya que “padece de omisiones y desaciertos de gravedad extrema que las invalidan como actos judiciales contaminadas de groseros errores jurídicos y se han utilizado argumentos falaces que provocaron conclusiones falsas“.

Respecto de esos jueces, el fiscal destacó que “su función principal radica en REANALIZAR el caso en un debate oral y público, y reiteró que los Tribunales “no pueden desnaturalizar” sus funciones.

Después de esa apelación restaba saber si en la instancia siguiente el fiscal que allí interviene, Mario Villar, iba a sostener el recurso o no. Esta decisión era determinante, ya que la única querella del caso, la Unidad de Información Financiera (UIF) había decidido no apelar.

Tras la presentación de Villar, la Sala I de la Casación Federal comenzará a analizar la resolución de los jueces Daniel Obligado y Adrián Grunberg, ya que la magistrada Adriana Palliotti fue la única que votó en disidencia, sosteniendo que la vicepresidenta, sus hijos y los demás imputados, debían comparecer en un juicio oral y público.

Los jueces Daniel Obligado y Adrián Grunberg.

Los argumentos del fiscal Villar se conocerán en la audiencia que fijó ahora la Casación, donde también se pedirá la opinión de los acusados en ambos expedientes. Será recién transcurrida esa etapa, cuando los jueces Daniel Petrone, Ana María Figueroa y Diego Barrotaveña estarán en condiciones de pronunciarse al respecto.

La apelación



Cuando apeló el sobreseimiento dictado sin la realización del juicio oral, Diego Velasco, recordó que aún hay varias medidas de prueba en curso, más específicamente dos pericias sobre ambas empresas, donde se pusieron bajo análisis todos los contratos celebrados. La correspondiente a Los Sauces debía concluir en diciembre, y el informe preliminar había arrojado una serie de irregularidades como pagos que no se condicen con su documentación, libros contables faltantes, falta de fondos para la adquisición de propiedades.

También se refirió a documentación e información que es “retaceada por ciertos organismos públicos provinciales –Municipalidad de Río Gallegos y Calafate-, que no hacen más que confirmar su importancia, y su restricción en este momento afectaría gravemente los derechos de esta parte, privando incluso al sentenciante el abordaje íntegro del plexo probatorio”.

Pese a esa situación, dos jueces del TOF 5 votaron el sobreseimiento de la vicepresidente, de sus hijos Máximo y Florencia Kirchner y otros trece acusados. En aquel fallo sostuvieron que no podía sostenerse la tesis de las maniobras de lavado de dinero y discutieron la figura por presunta asociación ilícita que pesaba sobre Cristina Kirchner.

Cuando analizó el delito de lavado de dinero, el fiscal dijo que “el error de los jueces es pensar que el lavado se agota en Lázaro Báez, mientras que las maniobras imputadas en esta causa son las maniobras de lavado realizadas para que el dinero llegue con apariencia de licitud a los titulares de las empresas Los Sauces y Hotesur, mediante contratos simulados e innecesarios”.

Amplió este concepto y añadió que “con el pago inicial del Estado era Lázaro quien lavaba el dinero, pero en los pasos siguientes lo lograban lavar los destinatarios finales”. El dueño del Grupo Austral fue condenado por el lavado de dinero, “realizado en forma posterior a su depósito por parte del estado en relación a los contratos de la obra pública”, recordó Velasco.

Además, el fiscal explicó “al dinero debía dársele apariencia lícita para TODOS los beneficiarios, no sólo Báez, sino todos los imputados”.

Para la fiscalía, los jueces “no valoraron la existencia de sociedades pantallas para ocultar la procedencia del dinero, ni siquiera han analizado que dichas sociedades compartan accionistas y directores; tampoco le dieron entidad a que se ha probado una trazabilidad directa del dinero desde las Sociedades controladas por Lázaro Báez que tenían obra pública y los depósitos posteriores a las cuentas de los imputados”.

Mirá también

Mirá también

TEMAS QUE APARECEN EN ESTA NOTA

Últimas Noticias
NOTICIAS RELACIONADAS